Hacienda sabe antes que nosotros, lo que voy a pagar de Agua y Luz de mi casa, por lo que están empezando a cruzar información de los consumos de Luz y Agua de las casas sus maquinitas con las segundas viviendas, y sí tienen consumos, y no están alquilados, aparecen en los “listadito maldito de Hacienda”

 

 

 

 

 

 

 

Tienes que declarar en el IRPF los ingresos totales producidos

Tienes que declarar todos los gastos que has necesitado para alquilar,  llamados gastos deducibles en el IRPF 2022, eso si siempre con facturas, si no no vale como :

  1. Gastos de Luz
  2. Gastos de Agua
  3. Gastos de Gas
  4. Gastos de Internet 
  5. Gastos de Comunidad
  6. Gastos de IBI – Impuestos y Tasas
  7. Intereses de Financiación de la compra de la vivienda, u otros bienes de la vivienda
  8. Gastos de Conservación y Reparación (Limpieza, arreglos, Jardinero, …)
  9. Gastos de la tasa de basuras
  10. Gastos de los seguros que cubran riesgos de la vivienda
  11. Amortización del Inmueble sobre el valor de compra, y de otros bienes comprados,  que se han contabilizado como tales. Hacienda sólo considera deducible el 3% del mayor de dos importesel coste de adquisición o el valor catastral.
  12. Gastos de Gestión para realizar el Alquiler :
  • La comisión de la web Vacacional
  • La comisión de AIT 3.0
  • Gastos del Gestor fiscal
  • Gasolina ó tren para realizar gestiones de …
  • Gastos de comidas                                                                                                   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

En Cataluña, País Vasco, y Valencia declaras todos los gastos necesarios para tener la casa alquilable todo el año, pero en el resto de España solo los días alquilados, el resto se consideran renta como casa vacía a tu disposición. Es decir que si te va mal, y alquilas poco, encima tienes que pagar más impuestos por no alquilar.

 

 

 

En la 2ª vivienda no alquilada tributas entre el 1,1% y el 2% según el valor catastral del inmueble para esos NO Alquilados del año. Esto es de obligado cumplimiento en toda España, con excepción de País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra, donde no existe la imputación de rentas inmobiliarias “fuera de la región”.

 

 

 

 

 

¡Me acuerdo de 8 apellidos vascos, donde el sur estaba en Vitoria! Es decir, que si un Navarro o Vasco se compra una vivienda en Costa Ballena (Cadi), no paga impuesto por tenerla., y el resto de los Españoles sí. ¡No somos todos iguales!

 

Para todos los Españoles creo :

Todos los gastos son deducibles sólo hasta cierto punto, que es el importe de los rendimientos íntegros obtenidos en el ejercicio de la declaración.

Si tus gastos han superado esta cifra, podrás deducir el monto restante durante los cuatro años siguientes, siempre y cuando su importe combinado con los rendimientos del año en curso no exceda el de sus respectivos gastos.

 

 

 

¡¡¡Asusta cuando llega una carta de Hacienda!!! ¿no?

 

 

Hacienda sí te pilla, puede bloquearte (s/ley) cualquier otro ingreso que venga del estado, e incluso no poder participar en concursos públicos.