Registro Único para Alquiler Vacacional en España

Registro Único para Alquiler Vacacional que España está implementando, tiene su origen en una normativa de la Unión Europea.

Se basa en el Reglamento (UE) 2024/1014, aprobado por el Parlamento Europeo en abril de 2024, que busca regular y mejorar la transparencia en el mercado del alquiler de corta duración, en plataformas como Airbnb, Booking y similares.

¿Por qué se exige este registro en España? Porque la UE exige que todos los países miembros creen un sistema de registro único para:

  1. Controlar la oferta de alquiler vacacional, y evitar el alojamiento ilegal.
  2. Facilitar el intercambio de datos entre plataformas, y administraciones.
  3. Prevenir el fraude fiscal, el turismo descontrolado, y la competencia desleal con el sector hotelero.

Registro UNICO Europeo en España, se aplica desde el 2 de enero de 2025, aunque establece un periodo de adaptación hasta el 1 de julio de 2025 para que todos los actores implicados se adapten a la obligación de registrar en un sistema único nacional.

Se recomienda a los propietarios de alojamientos turísticos que consulten las directrices específicas de su comunidad autónoma, para asegurar una transición adecuada al nuevo sistema de registro, ya que la implementación práctica depende de la colaboración entre el gobierno central, y las administraciones autonómicas.

En cada Comunidad Autónoma, la situación de conseguir el registro varía – Así hoy 13/03/2025 es:

  • Andalucía: la Junta ha establecido mecanismos para facilitar la transferencia de datos al registro nacional, simplificando el proceso para los propietarios.
  • Madrid: Se están evaluando medidas para integrar su sistema autonómico con la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos, facilitando así el proceso para los propietarios madrileños.
  • Cataluña: Se espera, que durante el periodo de adaptación, se implementen las herramientas necesarias para la transferencia automática de datos al registro único.
  • Comunidad Valenciana: Están en proceso de desarrollar plataformas que permitan a los propietarios registrar sus alojamientos de manera sencilla y cumplir con los requisitos establecidos.

¿Donde entrar en internet para obtener tu número de registro único para el alquiler de vivienda turística?

Entrando aquí: https://www.mivau.gob.es/vivienda/ventanilla-unica/alojamiento-de-uso-turistico#mapa_ccaa

  1. Prepara la documentación - Para solicitar el número de registro, el arrendador preparará la siguiente documentación:
  2. Referencia catastral y la dirección exacta de la vivienda. He encontrado el Registro único de la vivienda en la Nota Simple del registro de la propiedad, que me indica: 
  3. Finca de Lepe: 34018
  4. C.R.U. – IDUFIR: 12034500258623
  5. Referencia Catastral: 9350152JV2696Y5601JR
  6. Se detallará, si se quiere alquilar la vivienda completa o por habitaciones.
  7. Número de personas que podrán hacer uso de la vivienda
  8. Cumple con los requisitos establecidos en la Comunidad Autónoma donde se encuentra la vivienda.

Al tratarse de una vivienda para alquiler turístico, el arrendador acudirá a realizar los trámites necesarios requeridos por las comunidades autónomas para poder ofrecer la vivienda en alquiler turístico. Para obtener más información picha aquí: mapa.

  1. Identifícate con el certificado electrónico, y completa la solicitud con la información que ya tienes preparada.
  2. El colegio de registradores entregará un número de registro inmediatamente con carácter temporal.
  3. Tras la comprobaciones de la documentación entregada, y si todo es correcto, el colegio de registradores cambiará el estado del número de registro, como definitivo.

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