El Alquiler Vacacional es un mercado muy importante “oculto” en España, que tiene una temporalidad de Julio y Agosto, una gestión primitiva, y Fiscalmente casi 0 €.

 

Dice la ley : El Alquiler Vacacional  es “La cesión temporal de uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada o promocionada en canales de oferta turística o por cualquier otro modo de comercialización o promoción, y realizada con finalidad lucrativa, cuando esté sometida a un régimen específico, derivado de su normativa sectorial turística”.

 

El Estado desea ingresar mucho dinero, del mucho dinero oculto de la gestión de Alquiler Vacacional, y lo vende :

 

Comercialmente : Internet ofrece una oportunidad de hacer que el mercado crezca exponencialmente, y establecer una temporalidad casi anual, mejores precios para los propietarios, y mejor servicio, y seguridad para los clientes.

El grupo nº 2 del mundo Expedia habla de un crecimiento del 300% de ingresos por Alquiler Vacacional, respecto al tradicional.

A mi me parece exagerado, pero si un 100% más, con mejores huéspedes del mundo.

El Estado ha preparado para “cobrar” 2 gestiones, pudiendo cruzar informaciones, y levantar casos sancionables. Es necesario para alquilar vacacionalmente:

  1. Legal  :Obtener el registro de Turismo de la comunidad Autonoma &  Registrar los huespedes mayores de 16 años en la Policia, como los hoteles. De lo contrario estas alquilando clandestinamente con una Sanción económica sí te pillan de hasta 150.000 €, y accesorias
  2. Fiscal : Declarar los Ingresos Netos en el IRPF, y pagar por ellos. Una sentencia ha jodido a Hacienda, pues ha dado por nulo, por defecto de forma que las webs vacacionales declaren mensualmente lo que han pagado a cada propietario por alquiler vacacional.                                                                                                                                                                                                                                                                                                Dicen que en España todos somos iguales, pero en este caso no. La ley indica, que en el Alquiler Vacacional solo se puede deducir los gastos generados mientras esté la vivienda alquilada, pero en Cataluña, comunidad Valenciana, y Pais Vasco se deducen todos los gastos de una casa que este para alquilarse, esté ó no alquilada. Sentencias de sus TSs.  ¡todos los demas a callarse, ó presentar una denuncia para que el Tribunal Supremo de la comunidad sentencie como en las otras comunidades!
  3.         Además, cuando por esos ingresos subes de escalón % fiscal, pagas más impuestos por “todo” lo ingresado ese año.
  4.         Sí te pillan no haciéndolo, aparte de multas hasta 150.000 €, muchos problemas y dolores de cabeza, sí recibes ó recibirás algún beneficio del estado (Subvención, pensión,…) lo pierdes, ó deseas entrar en alguna oferta estatal, se le queda prohibido, por no estar limpio.

Sí Alquilas Residencialmente, declaras en el IRPF el 30% de lo ingresado, y no pagas el  2% de su valor catastral. El contrato que se utilice  indica si es vacacional ó residencial.

Sí Alquilas Vacacionalmente, utilizando la nueva gestión de Alquiler Online, tienes que hacer documentos de hacienda, y sí te lo gestiona una compañia, solo lo declaras como ingreso Neto IRPF.

Yo escucho de todo de los posibles propietarios, para hacerles la gestión de Alquiler Vacacional online & Física:

  1. La mayoría no creen que se vaya a ingresar más con la nueva gestión, prefieren quedarse como están, que es lo que entienden.
  2. Les parece muy complicado, a como se ha hecho hasta ahora, “llaves-dinero y al bolsillo”.
  3. Otros les parece un lío, para 4 duros
  4. Otros ven que trabajan para nada, ya que tienen que pagar a Web, gestores, Hacienda, y le quedan 4 € de todo
  5. Les parece una esclavitud, depender de las reseñas de los huéspedes
  6. Algunos desean llegar a ese mercado internacional, para reducir la temporalidad, mejores precios, y huéspedes, pero les parece muy difícil conseguirlo, y sí están seguros de los problemas fiscales
  7. Todo el mundo considera el tema legal, y Fiscal, pero prefieren arriesgarse. Con la vacuna del Covid no pasa lo mismo j aja.

Creo que soy muy malo, presentando la gestión de Alquiler Vacacional, pareciendo de lunatico, pero … ja ja

Otro problema es ¿quien va realizar esta nueva gestión de alquiler vacacional?

Las Inmobiliarias están preocupadas y me imagino que preparadas en Vender inmuebles. Para mantener la inmobiliaria, alquilan “de esa manera”, pero eso de Online, Booking, Vrbo, AirBnB,…y hacerlo muy bien… “les suele sonar a Chino”, además creen que falta muchísimo para que haya que hacerlo legal, y fiscalmente correcto, ja ja.

Nosotros hemos nacido para realizar la gestión de Alquiler Vacacional, y evidentemente no hacemos asco al Alquiler Residencia, y Venta de Viviendas.

A los ingresos por el Alquiler turístico, se le puede deducir todos los gastos necesarios para obtener los ingresos de Alquiler Vacacional (depende que parte de España, ó todo, ó solo por los dias que está alquilada la vivienda) :

  1. Los intereses de los capitales invertidos en la adquisición o mejora del inmueble objeto de alquiler.
  2. Los gastos de reparación y conservación de dicho inmueble.
  3. Los impuestos y tasas pagados, como por ejemplo el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) o la tasa de basuras.
  4. Saldos de dudoso cobro
  5. Cantidades devengadas por terceros como consecuencia de sus servicios personales, como pueden ser administración, servicios de vigilancia o portería, comunidad. En este apartado entran los gastos derivados de la utilización de plataformas de alquiler como medio para arrendar la vivienda, del gestor como nosotros.
  6. Las primas de contratos de seguros (responsabilidad civil, incendios, robo, etc).
  7. Los gastos de suministros (luz, agua, gas, internet).
  8. Los gastos relacionados con la amortización del inmueble.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

He realizado este Blog, porque la agencia inmobiliaria Alsol en Costa Ballena debe de haber recibido a la Policia de Rota, y ha mandado un mensaje en la pagina de Costa Ballena men Facebook que he visto, informándonos:

Buenas tardes, 

Después de la visita de la Policía Nacional de Rota a las oficinas inmobiliarias de Costa Ballena, nos comunican que este año habrá mucha presencia policial para que se cumpla la ley de apartamentos turísticos y a su vez de control de registro de todos los inquilinos mayores de 16 años estén pasando unas vacaciones por la zona. Estos deben de ser identificados y registrados en su base de datos de la Policía Nacional de Rota, a las 24 horas de hacer su entrada en los apartamentos, igual que hacen los Hoteles, y el que no cumpla con dicho control de seguridad nacional será multado por ellos directamente o por la delegación de Cádiz.

Os dejó el documento que nos han facilitado para que a su vez, se lo facilitemos a los propietarios que alquilan su vivienda, que según ellos son los responsables, NO LAS INMOBILIARIAS, aunque nosotros nos proponemos como gestores turísticos y representantes de los propietarios para llevar esta cuestión sin problema alguno. 

Al igual que gestionamos Alquileres, ventas, limpiezas y mantenimientos.

Un saludo, 

RICARDO ROBLES – Me sorprende positivamente, que esta persona se mueva así. www.alsolinmobilia.com

Cada uno que se lo tome como desee, desde una estrategia comercial de “que viene el lobo” para que aceptes su gestión vacacional, a que te informa para que sepas donde estamos con el tema fiscal, y legal en el Alquiler Vacacional.

 

Nosotros ofrecemos hacer muy bien “día a día” trabajando el Alquiler Vacacional de su vivienda, pero no prometemos éxitos, ni garantizamos rendimientos mínimos, aunque todo viene después de trabajar bien, normalmente.

 

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